La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió un recurso de protección presentado por la Municipalidad de Navidad en favor del Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales Unión La Boca y resolvió que un particular no podrá impedir el acceso a la playa Desembocadura de La Boca, utilizada con fines turísticos y de pesca.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada determinó que la instalación de cadenas y zanjas por parte del propietario del terreno colindante constituía un acto ilegal que vulneraba el derecho de libre acceso a una playa de mar, reconocida como bien nacional de uso público.
La sentencia recuerda que, al no existir un acceso fijado por la autoridad competente, la normativa obliga a los dueños o tenedores de predios colindantes a facilitar gratuitamente la entrada a las playas. En este caso, el tribunal descartó la alegación del recurrido, quien argumentaba que el acceso histórico se encontraba en otro punto de la península, señalando que la ley garantiza a todas las personas el derecho a disfrutar de estos espacios.
“El informe de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales confirma que no hay un acceso oficial en el sector, por lo que corresponde que el propietario facilite el ingreso, tal como lo dispone la legislación vigente”, sostiene el fallo.
De esta forma, el tribunal resolvió acoger el recurso presentado por la Municipalidad de Navidad en representación de los pescadores artesanales, ordenando al propietario abstenerse de realizar cualquier acción que impida o dificulte el acceso a la playa de la Desembocadura de La Boca.
Con esta decisión, se reafirma el principio de que las playas son bienes nacionales de uso público, cuyo goce debe estar garantizado tanto para las comunidades locales como para quienes las visitan con fines turísticos o recreativos.






